EDICTOS

EDICTO EMPLAZATORIO LA SUSCRITA NOTARIA DEL CÍRCULO DE NATAGA, PAICOL Y TESALIA HUILA
EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación de herencia
intestada de la causante DUBIELA YUCUMA MARTINEZ, quien en vida se identificó con la cedula
de ciudadanía número 26.473.823, quien falleció el día 06 de enero de 2017 en el Municipio de
Nátaga (H). Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 048 de fecha ocho
(08) días del mes de noviembre del dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este
edicto en emisoras locales y que se publique en un periódico de amplia circulación en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero 3º del decreto 902 de 1988, en concordancia
con el decreto 1729 de 1989, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por
el término de diez (10) días hábiles. MARELBI GONGORA TRUJILLO. Notaria Única de Tesalia (H)

NOTARIA CUARTA DEL CIRCULO DE NEIVA DOCTORA DEYANIRA ORTIZ CUENCA EDICTO
EMPLAZATORIO LA NOTARIA CUARTA (4) DEL CÍRCULO DE NEIVA EMPLAZA A todas las personas
que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación
del presente edicto conforme la ordene la Ley, en el trámite Notarial de LIQUIDACION DE LA
SUCESIÓN INTESTADA DEL (LA) (LOS) CAUSANTE(S) FANNY MOLANO TRIANA, QUIEN (ES) EN VIDA
SE IDENTIFICABA(N) CON LA(S) CEDULA DE CIUDADANÍA NUMERO 26.541.011, fallecido(a)(s) en la
ciudad de Barcelona (Cataluña España), el (los) día (s) Doce (12) de Mayo de Dos Mil Veinticinco
(2025), siendo la ciudad de Neiva (Huila) su domicilio constante y asiento principal de sus
negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante ACTA DE APERTURA NÚMERO
202/2025 de fecha SEIS (06) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTICINCO (2025), se ordena que el
presente edicto sea publicado por una sola vez en un periódico de circulación nacional;-así mismo,
se leerá en una emisora regional, en cumplimiento de lo dispuesta por el Artículo 3º. Del Decreto
902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez
(10) días El presente Edicto se fija hoy, SIETE (07) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTICINCO (2025).
Siendo las 08:00a.m. LA NOTARIA CUARTA DE NEIVA (HUILA), Dra DEYANIRA ORTIZ CUENCA
Carrera 7 No 11-32 Teléfonos: 8713032 y 87121903 E-MAIL: notariacuartaneiva@hotmail.com.

NOTARIA CUARTA DEL CIRCULO DE NEIVA DOCTORA DEYANIRA ORTIZ CUENCA EDICTO
EMPLAZATORIO LA NOTARIA CUARTA (4) DEL CÍRCULO DE NEIVA EMPLAZA A todas las personas
que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación
del presente edicto conforme lo ordene la Ley, en el trámite Notarial de LIQUIDACION DE LA
SUCESIÓN INTESTADA DEL (LA)(LOS) CAUSANTE(S) GUSTAVO GOMEZ RUBIANO, QUIEN(ES) EN
VIDA SE IDENTIFICABA(N) CON LA(S) CEDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 19.220.421, fallecido(a)(s)
en la ciudad de Neiva (Huila), el (los) día (s) Veinte (20) de Septiembre de Dos Mil Veinticinco
(2025), siendo la ciudad de Neiva (Huila) su domicilio constante y asiento principal de sus
negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria mediante ACTA DE APERTURA NÚMERO
204/2025 de fecha SIETE (07) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTICINCO (2025), se ordena que el
presente edicto sea publicado por una sola vez en un periódico de circulación nacional; así mismo,
se leerá en una emisora regional, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º. Del Decreto
902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez
(10) días. El presente Edicto se fija hoy, OCHO (08) de NOVIEMBRE de DOS MIL VEINTICINCO
(2025), siendo las 08:00 a.m. LA NOTARIA CUARTA DE NEIVA (HUILA), Dra DEYANIRA ORTIZ
CUENCA

REPÚBLICA DE COLOMBIA JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL DE RIVERA, HUILA EDICTO
EMPLAZATORIO LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO ÚNICO PROMISCUO MUNICIPAL DE
RIVERA, HUILA CITA Y EMPLAZA A WINNER LEÓN PALENCIA identificado con la cédula de
ciudadanía número 1.004.344.258 de Tello, Huila, a fin de que concurra a este juzgado a
notificarse personalmente del proceso penal que se tramita en su contra bajo el número de
radicado 416156000598 2023 00232 00 por el presunto punible de RECEPTACIÓN, investigación
adelantada por la Fiscalía 16 Seccional de la ciudad de Neiva, Huila. Para dar cumplimiento al
artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, la parte emplazada dispondrá de cinco (5) días
hábiles para concurrir a este estrado judicial; lo expuesto, también se dispondrá para la
publicación del presente edicto emplazatorio por una sola vez en un medio de comunicación de
amplia circulación regional, a través del Centro de Servicios Judiciales SPA de Neiva, Huila.
Efectuada la publicación anterior, este despacho procederá a emitir la decisión que en derecho
corresponde, de conformidad con la Ley 906 de 2004. Se libra el presente edicto emplazatorio en
Rivera, Huila, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025).
MAIRA ALEJANDRA PAIBA MEDINA Secretaria j01prmpalriv@cendoj.ramajudicial.gov.co



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